La empresa no puede obligar a sus trabajadores a vacunarse contra la COVID-19 ni la empresa está obligada a proporcionar las vacunas a sus empleados.
Solo en el caso de vacunas frente a enfermedades que puedan suponer un riesgo específico para el puesto de trabajo por relacionarse con la exposición al mismo la empresa estará obligada a proveer a su plantilla de las vacunas correspondientes y de informar a sus trabajadores de las ventajas y riesgos. Pero incluso en este caso, el trabajador es libre de decidir si se vacuna o no.
El artículo 8 del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, el claro al señalar que “cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación”.